Gestión de Registradores

Una vez creada una Oficina de Registro de la FNMT-RCM hay que dar de alta a las personas que vayan a actuar como registradores.

La gestión del alta de un Registrador consiste en lo siguiente:

a) En caso de que su organismo sea una de las Consejerías de la Junta de Andalucía, para solicitar el alta y dado que el Responsable de Operaciones de Registro (ROR) para estos organismos es la persona titular del Servicio de Coordinación de Administración Electrónica, se realizarán los siguientes trámites:

  1. Cumplimentar los formularios correspondientes, Mod 007-C2 y Mod 001, sin rellenar los datos correspondientes al ROR. El modelo 007-C2 se deberá aportar firmado por la persona para la cual se solicita el alta. El modelo 001 deberá ser firmado asimismo por dicha persona. La documentación deberá remitirse a la siguiente dirección:
    Dirección General de Política Digital
    Consejería de Hacienda y Administración Pública
    C/ Juan Antonio de Vizarrón, Edificio Torretriana
    Isla de la Cartuja
    41092 Sevilla
     
  2. Desde esta Dirección General se realizará la oportuna actuación ante la FNMT-RCM.
     

b) En el caso de entidades instrumentales de la Junta de Andalucía la incorporación al sistema de oficinas de registro y designación inicial de Responsable de Operaciones de Registro deberá ser solicitada mediante escrito dirigido a la Dirección General de Política Digital, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública. En el caso de que se acuerde la designación de Responsable de Operaciones de Registro propio, por su parte se procederá de la manera descrita en el apartado anterior.

c) Las demás entidades (por ejemplo, Ayuntamientos, Diputaciones Provinciales y Universidades) deberán proceder a la designación de persona Responsable de Operaciones de Registro mediante la tramitación, ante la FNMT-RCM, del Mod 002-C2. Una vez designado, por su parte se realizarán directamente las oportunas solicitudes en materia de gestión de registradores ante la FNMT-RCM, teniendo a su disposición el servicio prestado a través de la dirección de correo electrónico registroceres@fnmt.es para lo relativo al procedimiento y formularios a utilizar.
 

La gestión de la baja de un Registrador consiste en lo siguiente:

El procedimiento es el mismo que el explicado en los apartados anteriores para solicitar el alta de registradores, tan sólo hay que sustituir el formulario Mod 007-C2 por Mod 008-C2, no siendo necesario en este caso aportar el Mod 001-C2 ni fotocopia compulsada del dni del registrador, en su caso y la FNMT-RCM efectuará en su momento la baja efectiva.

 


Es responsabilidad de las Consejerías y entidades en las cuales se ubiquen las Oficinas la custodia del correspondiente ejemplar de los contratos suscritos por las personas titulares de los certificados electrónicos durante el plazo legal establecido (15 años) así como la remisión a la FNMT-RCM del ejemplar destinado a la misma.